Reformas al AG 236-2006 aplicables a las municipalidades

November 29, 2019
Petrel

Trece años después de emitido el primer Reglamento de las Descargas y Reuso de Aguas Residuales y de la Disposición de Lodos, no se ve un compromiso claro de las autoridades municipales para dar cumplimiento al reglamento. Dicho Reglamento indica que las municipalidades deben cumplir con el desarrollo de la totalidad de obras relacionadas con redes de drenajes y sistemas de tratamiento de aguas residuales. Así también deja establecido el 02 de mayo del 2031 como fecha límite para que las municipalidades tengan en operación sistemas de tratamiento para el 100% de las descargas consignadas en el inventario de aguas residuales, las cuales se identifican en la etapa del Estudio Técnico.

La reforma al AG 236-2006 publicada en el Acuerdo Gubernativo 254-2019 el 28 de noviembre del año en curso presenta los cambios realizados a las etapas de cumplimiento para municipalidades o empresas encargadas del tratamiento de agua residual del alcantarillado público, Articulo 24.


Esta última reforma hacia el Reglamento anula la etapa 1 la cual tenía como fecha límite de cumplimiento Mayo 2019, dejando 5 años más a las municipalidades para gestionar recursos para el desarrollo de proyectos para saneamiento ambiental. Esperemos que 18 años sean suficientes para las autoridades locales para generar proyectos que brinden las condiciones básicas de saneamiento a la población y  protejan nuestros cuerpos de agua.

Link de descarga del pdf: https://drive.google.com/open?id=1yleo_wA9gNGTYVtJNuoYWUcrXTMSzMO6


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